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Cuando se aprobó la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), que suponía la trasposición a nuestro ordenamiento de la Directiva del Consejo de la Comunidad Europea, de 12 de junio de 1989, relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo, se puso en valor su orientación preventiva frente a la anterior normativa de carácter solamente reparador, pues la nueva concepción legal no se reducía solamente a los deberes de obligado cumplimiento, tanto para los empresarios como para las personas trabajadoras, o a la forzosa subsanación de las situaciones de riesgo identificadas, sino a su necesaria integración en el conjunto de actividades y decisiones empresariales desde los inicios del proyecto empresarial.
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales, junto a los problemas detectados en su aplicación, se la considera obsoleta con respecto a las nuevas realidades del mundo del trabajo
En cambio, actualmente, a la LPRL junto a los problemas detectados en su aplicación, se la considera obsoleta con respecto a las nuevas realidades del mundo del trabajo caracterizadas por las transformaciones demográfica, digital y climática. En los cerca de treinta años pasados desde la aprobación de la LPRL existe un amplio consenso sobre su utilidad para desarrollar el sistema de prevención de riesgos laborales, a la vez que se cuestiona su eficacia para luchar contra la siniestralidad laboral. Pues solo en el último lustro según los datos que nos proporciona el Instituto Nacional de Estadística (INE) sobre los accidentes de trabajo con baja laboral, tanto en la jornada laboral como in itinere, se ha producido un crecimiento aproximado del 29% en el número de accidentes. Las cifras recogidas por el INE son las siguientes: 485.365 accidentes en 2020, 572.448 accidentes en 2021, 631.724 accidentes en 2022, 624.911 en 2023 y 628.300 accidentes en 2024.
La Mesa de Diálogo Social para actualizar la prevención de riesgos laborales se constituyó en febrero de 2024. Este proceso de diálogo social se inscribe en el acuerdo de Gobierno del PSOE y Sumar sobre actualizar la legislación de prevención de riesgos y en el compromiso adquirido en la Estrategia de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027, el acuerdo alcanzado por Gobierno con las Comunidades Autónomas, las organizaciones sindicales CCOO y UGT y las organizaciones empresariales CEOE y CEPYME. A lo largo del pasado año, el funcionamiento de la Mesa sobre PRL se ralentizó por estar el diálogo social centrado en otras materias como la reducción de la jornada laboral máxima. En la actualidad se han retomado las reuniones y la istración se ha comprometido a presentar una propuesta de texto para la actualización de la ley de prevención de riesgos laborales junto con un borrador de un nuevo reglamento para los servicios de prevención de riesgos.
En la vigente Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo, se acordó la revisión de la LPRL y el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. Las actuales negociaciones están basadas en la necesidad de adecuar la normativa en materia de prevención de riesgos laborales a las nuevas formas de trabajo, con especial atención en la prevención de los nuevos riesgos asociados a la creciente digitalización de los procesos productivos, los riesgos psicosociales o la exposición a sustancias químicas perjudiciales para la salud, siendo también una prioridad la mayor integración de la prevención de riesgos laborales en las pymes.
También se pretenden abordar, junto con las necesarias mejoras en la prevención de los accidentes de trabajo, la revisión y actualización de las enfermedades profesionales para aflorar el mayor número de enfermedades derivadas del trabajo que, en la mayoría de los casos, se contabilizan como enfermedades comunes. Se considera prioritaria la perspectiva de género en la prevención de los riesgos laborales. Para la actualización LPRL son relevantes la integración en la gestión preventiva, la edad y la diversidad generacional, reforzar la protección de las personas trabajadoras frente a los riesgos psicosociales y, sobre todo, mejorar la gestión preventiva de los riesgos laborales.
Aunque las organizaciones empresariales no se han pronunciado sobre la reforma la LPRL, sí se manifestaron favorablemente al compromiso de la revisión de la normativa
Aunque las organizaciones empresariales no se han pronunciado en la actualidad sobre la reforma la LPRL, sí se manifestaron favorablemente al compromiso de la revisión de la normativa en materia de prevención recogido en la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo, pues valoraron muy positivamente este acuerdo para afrontar los retos que se presentaban en materia de salud y seguridad en el trabajo, a través de una nueva hoja de ruta, acompasada con las directrices europeas, que incluya la reforma LPRL y sus desarrollos normativos. Entonces las organizaciones empresariales resaltaron los avances que suponían la incorporación en la prevención de los riesgos laborales la salud mental, la perspectiva de género o la protección de los colectivos más vulnerables.
Las organizaciones sindicales plantean un cambio normativo en profundidad de la LPRL y de su normativa de desarrollo, pues consideran que se deben realizar las necesarias reformas para adaptar la regulación en materia preventiva a las nuevas realidades del mundo del trabajo. Demandan mejorar la gestión preventiva, abordar la externalización generalizada de la prevención en las empresas, así como integrar la prevención de los riesgos en todos los niveles de la empresa. Consideran imprescindible que se garantice el cumplimiento de la legislación en materia de seguridad y salud en trabajo, por ello demandan un aumento de recursos humanos y materiales para la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social y, además, que se habilite a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, como “auxiliares o colaboradores” de la Inspección en el cumplimiento de la legislación en materia preventiva. También ven necesario instaurar la figura de los delegados y las delegadas territoriales o créditos horarios específicos para garantizar la protección de las personas trabajadoras.